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A partir de esta fecha se realizarán los reembolsos de gastos funerarios por Covid-19

El viernes la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias, (FEMA, por sus siglas en inglés), dio a conocer a conocer la fecha en que se  iniciarán los reembolsos por gastos funerarios ocasionados por el Covid-19 A partir del 12 de abril las personas que hayan perdido un familiar, a causa del virus que ha […]

Por Allan Brito
A partir de esta fecha  se realizarán los reembolsos de gastos funerarios por Covid-19
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El viernes la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias, (FEMA, por sus siglas en inglés), dio a conocer a conocer la fecha en que se  iniciarán los reembolsos por gastos funerarios ocasionados por el Covid-19

A partir del 12 de abril las personas que hayan perdido un familiar, a causa del virus que ha generado estragos en Estados Unidos podrán solicitar su reivindicación monetaria por honorarios que ocasionó el cortejo fúnebre.

“Si usted es una familia que perdió a un ser querido, asegúrese de comenzar a documentar y recopilar toda la documentación de los costos relacionados al entierro de un ser querido. Asegúrese de comenzar a armar esto. Obtenga su certificado de defunción para que podamos reembolsar a su familia hasta $7,000”, explicó Ocasio-Cortez  representante del FEMA.

Requisitos para solicitar el reembolso

Los requisitos para solicitar el reembolso son lo siguiente:

Número de seguro social del solicitante y de la persona fallecida

Fecha de nacimiento del solicitante y de la persona fallecida

Dirección postal actual del solicitante

Número de teléfono actual del solicitante

Ubicación o dirección donde falleció la persona fallecida

Información sobre pólizas de seguro de entierro o funeral

Información sobre otra asistencia funeraria recibida, como donaciones

Subvenciones de la Ley CARES y asistencia de organizaciones voluntarias

Ruta y número de cuenta de la cuenta corriente o de ahorros del solicitante (para depósito directo, si se solicita)

Además necesita estos documentos, para  que su solicitud sea efectiva.

Un certificado oficial de defunción: que atribuya la muerte directa o indirectamente a COVID-19 y demuestre que la muerte ocurrió en los Estados Unidos, entre esos los territorios estadounidenses y el Distrito de Columbia.

Documentos de gastos fúnebres: (recibos, contrato de la funeraria, etc.) que incluyan el nombre del solicitante, el nombre de la persona fallecida, el monto de los gastos fúnebres y las fechas en que se incurrieron los gastos fúnebres.

Evidencia de fondos recibidos de otras fuentes: para usarse específicamente en gastos fúnebres. No pueden duplicar beneficios recibidos del seguro de sepelio o funeral, o la asistencia económica recibida de agencias voluntarias, agencias gubernamentales u otras fuentes.

 

Fondos destinados para los gastos fúnebres

El FEMA informó que destinó 2,000 mil millones de dólares para  los reembolsos  los gastos funerarios a familias de los Estados Unidos que perdieron a un ser querido por el COVID-19.

De ese dinero $ 200 millones irán a los neoyorquinos y una familia podría recibir un reembolso de hasta $ 7,000.

La oficina indicó que se debe estar alerta, ante los estafadores, que han  contactado a personas para ayudarlos  en registrarlos para obtener los reembolsos, pero luego desaparecen.

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