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Descubiertos los niveles de deserción, expulsiones y bajas militares en Venezuela

Realmente es un secreto lo que ocurre adentro de las Fuerzas Armadas venezolanas, y más ahora con la dictadura chavista. No obstante, se descubrieron los niveles de deserción, expulsiones y bajas militares en Venezuela. Nos preguntamos: ¿Por qué la Guardia Nacional venezolana se está quedando sin personal? ? Redacción MiamiDiario La Guardia Nacional venezolana, uno de […]

Por Allan Brito
Descubiertos los niveles de deserción, expulsiones y bajas militares en Venezuela
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Realmente es un secreto lo que ocurre adentro de las Fuerzas Armadas venezolanas, y más ahora con la dictadura chavista. No obstante, se descubrieron los niveles de deserción, expulsiones y bajas militares en Venezuela. Nos preguntamos: ¿Por qué la Guardia Nacional venezolana se está quedando sin personal? ?

Redacción MiamiDiario

La Guardia Nacional venezolana, uno de los cinco componentes de la FANB sacó a 1.473 de sus integrantes este año.

Fue de conocimiento público que la decisión Nr. 49476, basada en el punto de cuenta 03074, fue suscrita el 25 de noviembre 2020 por el comandante general, el MG Fabio Enrique Zavarse Pabón, así lo detalló la periodista Sebastiana Barráez.

La decisión fue tomada aduciendo como excusa “el deber de no incurrir en actos o acciones afectados en los artículos 1, 13, 17 y 19 de la Ley Contra la Corrupción”, destacó Barráez en Infobae.

 

La decisión tomada por la Fuerza Armada

En el punto quinto dice que “como consecuencia de los trámites administrativos realizados en beneficio del interés del personal de Tropa Profesional que se encuentra en estado difuso dentro del componente. A pesar del llamado reiterado para que normalicen su condición, hasta la fecha, la mayoría de los efectivos militares que se encuentran en esta situación han hecho caso omiso al llamamiento de sus comandantes naturales. Creando un ambiente de desobediencia e indisciplina. Afectando con su conducta el interés jurídico del Patrimonio Público del Estado, quien es víctima por estar vinculado a los sueldos y otros beneficios económicos”.

Deserciones a la orden del día

Y la lista que no hace pública es donde se refleja la deserción de tenientes, capitanes, mayores, tenientes coroneles, coroneles y generales. Zavarse utilizó los mismos argumentos para justificar la aberrante decisión, porque los desertores no son separados legalmente con la sentencia de un tribunal.

Los argumentos de la resolución no se adaptan a los hechos y otra vez utiliza los artículos 1, 13, 17 y 19 de la Ley Anticorrupción, cuando el número 1 es el objeto de la Ley, el 13 menos relación tiene porque destaca que “los funcionarios y empleados públicos están al servicio del Estado y no de parcialidad política o económica alguna…”.

Foto: Luis Florido

En el caso del artículo 17 es el relacionado a la administración de los bienes y recursos públicos. Y en el 19 se establece que los funcionarios y empleados públicos actuarán de conformidad con lo establecido en la ley. O sea, nada de esas normas sustenta que los desertores sean expulsados sin juicio previo.

Ni siquiera la ilegal Ley Constitucional de la Fuerza Armada tiene con qué darle basamento a esa decisión.

Los alcanzados por la medida son mil 1.473 militares.

10 Sargento Superior, entre ellos es relevante que tres son del Comando de Zona 11 y cuatro del Cuartel.

16 Sargento Ayudante, cinco del Cuartel, dos de la Guardia del Pueblo, los otros de los Comando de Zona 21, 44, 11 y 62.

19 Sargento Mayor de Primera, entre los que hay 6 del Cuartel, los otros de los Comandos de Zona, resaltando los del CZ11 y de otros.

30 Sargento Mayor de Segunda, destacando cuatro del Cuartel, tres de Educación y el resto de los CZ, otra vez resaltando el CZ11.

192 Sargento Mayor de Tercera, la mayoría de los Comandos de Zona, otra vez el 11 como referencia, algunos del Cuartel, uno de antidrogas y uno del Ministerio de la Defensa.

635 Sargento Primero, entre ellos 9 de antidrogas, varios de Educación, Cuartel, Milicia e incluso del Comando Antiextorsión de Secuestro; la mayoría de los diversos CZ.

571 Sargento Segundo, también de Antidrogas, Cuartel, Educación, Guardia del Pueblo y el resto de los diversos Comando de Zona.

Además… Ministerio de la Defensa retira a oficiales sospechosos

En julio 2020, el Ministro de la Defensa, GJ Vladimir Padrino López, emitió las resoluciones que retiran de la Fuerza Armada a 302 oficiales del componente Ejército Bolivariano, entre ellos a un coronel, tres tenientes coroneles, seis mayores, 27 capitanes, 142 primeros tenientes y 123 tenientes del Ejército venezolano que fueron separados de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana luego de haber sido sometidos a un Consejo de Investigación.

Vladimir Padrino López

En esa lista del Ejército se observa que el oficial de más alto rango y el único con ese grado militar es el coronel José Alberto García Cárdenas.

Los tres comandantes, son los tenientes coroneles José Luis PayemaJuan Antonio Hurtado Campos y César Ramon Matos Sucre.

Entre los seis mayores una mujer, Mary Yelizza Ramírez Urbina y los hombres: Richard Leonardo Luengo Valbuena, Eduardo Antonio Galué Segovia, Edward Alejandro Salón Brito, Jorge Enrique García Rojas y José Gregorio Basantes Márquez.

Expulsión de 302 militares

El Comandante General del Ejército, el mayor general Domingo Antonio Hernández Larez basó sus argumentos para la expulsión de esos 302 oficiales, entre otros, en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos.

Domingo Antonio Hernández Larez

Lo que resulta extraño es que ese articulado que menciona determina que el separado de la FANB puede apelar al recurso de reconsideración, destacó Barráez.

El artículo indica: “procederá contra todo acto administrativo de carácter particular y deberá ser interpuesto dentro de los quince (15) días siguientes a la notificación del acto que se impugna, por ante el funcionario que lo dictó. Si el acto no pone fin a la vía administrativa, el órgano ante el cual se interpone este recurso, decidirá dentro de los quince (15) días siguientes al recibo del mismo. Contra esta decisión no puede interponerse de nuevo dicho recurso”.

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