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Estos son los detalles del beneficio dado por Trump a los venezolanos

Antes de abandonar la Casa Blanca, Donald Trump, hizo un acto de caridad a favor de los inmigrantes venezolanos y fue aplazar su deportación  de los Estados Unidos. Pero muchas personas que han llegado al país de las barras y las estrellas en busca de una mejor calidad de vida, aún no sabe cómo se […]

Por Allan Brito
Estos son los detalles del beneficio dado por Trump a los  venezolanos
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Antes de abandonar la Casa Blanca, Donald Trump, hizo un acto de caridad a favor de los inmigrantes venezolanos y fue aplazar su deportación  de los Estados Unidos.

Pero muchas personas que han llegado al país de las barras y las estrellas en busca de una mejor calidad de vida, aún no sabe cómo se podrían  salir beneficiados con esta decisión.

 

¿Qué es el nuevo documento?

Un día antes de entregar su mandato a Joe Biden,  Trump hizo un memorando que “difiere” temporalmente la expulsión de venezolanos indocumentados que se encuentran en Estados Unidos y extranjeros sin nacionalidad que han vivido en Venezuela pero se encuentran indocumentados en Estados Unidos.

 

¿A qué se debe la medida?

El e xpresidente  adoptó la medida en respuesta a las “violaciones de las libertades soberanas”  que se han cometido contra los venezolanos por parte del gobierno de gobierno de Nicolás Maduro, a quien en su momento  acusó   de haber generado “de la peor crisis humanitaria en el hemisferio occidental que se recuerde recientemente”.

Trump comentó  que “la situación de deterioro dentro de Venezuela, que presenta una amenaza permanente a la seguridad nacional para la seguridad y el bienestar del pueblo estadounidense, justifica el aplazamiento de la expulsión de los ciudadanos venezolanos que se encuentran presentes en los Estados Unidos”.

 

 ¿ A quiénes benefician?

Según lo expuesto por Trump , podrán solicitar la suspensión temporal de deportación:

Cualquier venezolano indocumentado que se encontraba presente en Estados Unidos el 20 de enero de 2021;

Cualquier extranjero sin nacionalidad que haya residido en Venezuela y se encontraba presente en Estados Unidos el 20 de enero de 2021.

 

¿Qué otorga el amparo?

Una suspensión de deportación por 18 meses;

 

Un permiso de trabajo válido por ese tiempo.

 

¿Quiénes quedan fuera del tratado?

El memorando advierte que no todos los venezolanos indocumentados en Estados Unidos calificarán para recibir el amparo temporal de deportación.

 

  1. Quienes han regresado voluntariamente a Venezuela o su país de última residencia habitual fuera de Estados Unidos;

 

  1. Quienes no han residido continuamente en Estados Unidos desde el 20 de enero de 2021;

 

  1. Quienes sean inadmisibles bajo la Sección 212 de la Ley de Inmigración (INA). (Ver punto 6)

 

  1. Quienes sean deportables de Estados Unidos bajo la Ley de Inmigración. (Ver punto 6)

 

¿Cuáles delitos  excluye?

 

De acuerdo con la Ley de Inmigración y el memorando, los siguientes delitos descalifican a un extranjero para recibir un beneficio de inmigración:

 

Quienes hayan sido condenados por cualquier delito;

 

Quienes hayan sido acusados de cualquier delito, cuando dicho cargo no haya sido resuelto;

 

Quienes hayan cometido actos que constituyen un delito penal imputable;

 

Quienes hayan incurrido en fraude o tergiversación deliberada en relación con cualquier asunto oficial o solicitud ante un organismo gubernamental;

 

Quienes hayan abusado de cualquier programa relacionado con la recepción de beneficios públicos;

 

Quienes estén sujetos a una orden final de deportación, y no hayan cumplido con su obligación legal de abandonar Estados Unidos.

 

Quienes a juicio de un funcionario de inmigración supongan un riesgo para la seguridad pública o la seguridad nacional.

 

 

Además no podrán optar al beneficio

Quienes hayan sido condenados por cualquier delito mayor o 2 o más delitos menores cometidos en Estados Unidos.

 

Quienes fueron deportados, excluidos o removidos antes del 20 de enero de 2021.

 

¿Quienes están sujetos a extradición?

 

Aquellos cuya presencia los Estados Unidos, según ha determinado el Secretario de Seguridad Nacional, no es de interés para Estados Unidos o representa un peligro para la seguridad pública;

 

Quienes cuya presencia en Estados Unidos el Secretario de Estado tiene motivos razonables para creer que podría tener consecuencias adversas de política exterior potencialmente graves para Estados Unidos.

 

¿Tiene alguna duda?

Abogados de inmigración  dan las siguientes recomendaciones, en caso  de alguna duda.

 

Si tiene antecedentes criminales, busque consejo legal para revisar sus opciones y elaborar una estrategia;

 

No presente documentos o se ponga en contacto con el gobierno sin antes revisar sus antecedentes;

 

No mienta, no presente documentos falsos;

 

Espere a que el servicio de inmigración publique el reglamento o emita instrucciones sobre este memorando;

 

Cuídese de las estafas.

Aún falta que el reglamento sea publicado por el USCIS quienes dirán la lista de requisitos, y todo lo que debe hacer para solicitar el amparo y como pedir la autorización de empleo (EAD).

 

 

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