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Instalaciones deportivas deben cumplir directrices de “nueva normalidad” en Miami

Carlos Giménez, alcalde de Miami-Dade, hizo un llamado al personal que atiende las instalaciones deportivas a cumplir las directrices creadas a efecto de limitar la propagación del COVID-19 en la comunidad. Por redacción MiamiDiario Según el comunicado de prensa divulgado este jueves 25 de junio, “el Condado de Miami-Dade ha detectado que algunos centros de […]

Por Allan Brito
Instalaciones deportivas deben cumplir directrices de “nueva normalidad” en Miami
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Carlos Giménez, alcalde de Miami-Dade, hizo un llamado al personal que atiende las instalaciones deportivas a cumplir las directrices creadas a efecto de limitar la propagación del COVID-19 en la comunidad.

Por redacción MiamiDiario

Según el comunicado de prensa divulgado este jueves 25 de junio, “el Condado de Miami-Dade ha detectado que algunos centros de entrenamiento deportivo de la comunidad, e instalaciones similares, están brindando servicio fuera de horario y no están cumpliendo con las directrices dispuestas en la Guía de la Nueva Normalidad”, reportó Diariolasamericas.

“Quiero reiterar que todas las instalaciones, ya sean públicas o privadas, tienen que cumplir con lo dispuesto en la Orden 21-20 y brindar servicio entre las 7:00 a. m. y las 8:00 p.m”, sostuvo el documento.

Y después aclaró que “conforme a las directrices de la Nueva Normalidad, establecidas para detener la propagación del COVID-19, no se permiten juegos deportivos” entre varias personas. “Conforme a las reglas de la Nueva Normalidad, en estos momentos las instalaciones -ya sean interiores o exteriores- pueden llevar a efecto entrenamiento deportivo como práctica de habilidades y entrenamiento que requieran distancia social y uso de máscaras cuando no sean actividades extenuantes. Es preciso que cumplan además con los límites de capacidad”.

También advierte que “las instalaciones que infrinjan las normas no serán autorizadas a abrir y están sujetas a una contravención de segundo grado, que puede significar el pago de una multa de $500 y 180 días de privación de libertad. Las instalaciones [infractoras] no podrán reabrir hasta que presenten una declaración jurada en la que den fe de haber tomado todas las medidas necesarias y cumplan con la Orden 23-20.

“La salud y seguridad de nuestra comunidad son la preocupación principal y todos tienen que hacer lo que les corresponde para garantizar que los establecimientos, entre ellos los centros de entrenamiento deportivo, puedan seguir abiertos”, concluye el documento.

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