De acuerdo al Decreto N° 3.548, publicado en la Gaceta Oficial Ordinaria N° 41.446, a partir del 20 de agosto de 2018 la unidad del sistema monetario de la República Bolivariana de Venezuela, cambia en el equivalente a cien mil bolívares (Bs. 100.000)
Redacción Miami Diario
La empresa Banesco publicó una serie de datos que aclaran a los usuarios las condiciones de este cambio monetario
Consideraciones Generales:
- La Reconversión Monetaria es la reexpresión de la unidad del sistema monetario de la República Bolivariana de Venezuela.
- El Cono Monetario es el conjunto de monedas que existen y circulan simultáneamente en un país y que se describen en orden ascendente o descendente.
- La finalidad de la Reconversión es reducir la tenencia de papel moneda, el cómputo de las transacciones económicas, facilitar el registro contable de las transacciones y simplificar los manejos financieros y presupuestarios del país.
- Este proceso implica una modificación total del cono monetario vigente, el cambio de la escala monetaria y de todo rubro que se exprese en bolívares. De esta manera, todo importe expresado en moneda nacional antes del 20 de agosto de 2018, deberá ser convertido a la nueva unidad, dividiendo entre 100.000.
- La Reconversión Monetaria también puede entenderse como la eliminación de cinco (5) ceros al bolívar.
- El viernes 17 de agosto de 2018 y el lunes 20 de agosto será no hábil bancario a los fines que no se celebren operaciones o servicios de taquilla, incluyendo los servicios digitales de pagos de cheques, en las agencias, oficinas, sucursales y taquillas externas; en este sentido, no estarán abiertas al público.
A partir del 20 de agosto de 2018 el signo monetario tendrá cinco ceros menos. De esta forma Bs. 100.000 actuales equivaldrán a Bs.S 1.
Preguntas frecuentes
¿Qué pasará con los precios después de la Reconversión?
La Reconversión no altera el valor relativo de los ingresos ni de los gastos, ni de los bienes o deudas. Ejemplo: un bien de Bs. 5.500.000 equivaldrá a Bs.S 55.
¿Cómo se aplicará el redondeo para la nueva escala monetaria?
Según la Resolución N° 18-03-01, publicada en Gaceta Oficial N°41.387, de fecha 30 de abril de 2018, el Banco Central de Venezuela (BCV) estableció que toda fracción resultante de la reexpresión que sea inferior a cero coma cinco (0,5) céntimos, será igual al céntimo inferior; mientras que el de toda fracción resultante de la citada reexpresión que sea igual o superior a cero coma cinco (0,5) céntimos, será igual al céntimo superior.
¿Quitarle ceros al bolívar significa que los depósitos bancarios actuales sufrirán una disminución y el precio de los bienes será más bajo?
No. Tanto los depósitos bancarios como los bienes, servicios y operaciones deberán expresarse en Bolívares Soberanos (Bs.S) a partir del 20 de agosto de 2018, dividiendo los valores o cantidades entre 100.000. Esto no significa que valdrán menos, sino que sus valores se expresarán en una escala menor, ya que la Reconversión es un proceso neutro.
¿Qué sucederá con los compromisos de pago asumidos en bolívares actuales después del 20 de agosto de 2018?
Todo monto expresado en bolívares actuales, después del 20 de agosto de 2018, será equivalente al importe monetario expresado en “Bolívares Soberanos”. Asimismo, las expresiones contenidas en cualquier medio de pago o instrumento de pago (letras de cambio, pagarés, contratos, hipotecas, etc.) tendrán la misma validez cuando se hayan convertido al “Bolívar Soberano”.
¿El usuario o consumidor deberá pagar por los cambios que haya que realizar para la Reconversión del bolívar?
No. La reconversión, así como la realización de las operaciones previstas en el Decreto Ley de Reconversión Monetaria o de cualquier otra que resulte necesaria para su aplicación, será gratuita para el consumidor y usuario final, sin que pueda suponer el cobro de gastos, comisiones, honorarios, precios o conceptos análogos.