Destacado, Internacional

Estado colombiano rechaza mecanismo para seguimiento de Derechos Humanos propuesto por CIDH

El Estado colombiano respondió al informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH sobre  la visita que hizo a este país en junio para evaluar la situación de derechos humanos durante las protestas en las que, según organizaciones sociales, hubo 75 asesinatos. El Estado colombiano, comprometido con la promoción, la protección y el respeto a […]

Por Allan Brito
Estado colombiano rechaza mecanismo para seguimiento de Derechos Humanos propuesto por CIDH
Facebook Twitter Whatsapp Telegram

El Estado colombiano respondió al informe de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos CIDH sobre  la visita que hizo a este país en junio para evaluar la situación de derechos humanos durante las protestas en las que, según organizaciones sociales, hubo 75 asesinatos.

El Estado colombiano, comprometido con la promoción, la protección y el respeto a los derechos humanos, recibió de manera constructiva el comunicado de la CIDH, sobre la visita realizada al país, entre el 8 y el 10 de junio.

Pero enfatiza lo siguiente: Colombia coincide con algunas observaciones contenidas como  la elaboración de un proyecto de ley estatutaria que regule los alcances y limitaciones del derecho a la reunión y a la manifestación pública y pacífica en Colombia, de acuerdo con lo dictado por la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia y de conformidad con lo que establece la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Esta es una tarea que será retomada en las próximas sesiones del Congreso de la
República.Derechos Humanos

Como Estado, reiteramos el compromiso que Colombia ha tenido con el respeto y la promoción de los derechos humanos en su territorio.
El Estado concuerda con la CIDH en que el objeto de la visita es exclusivo de las protestas y agradece el reconocimiento en el sentido de que, en su mayoría, las manifestaciones fueron pacíficas (89%) y no requirieron intervención de la Fuerza Pública. La Comisión, a la vez, resalta cómo el Estado colombiano ha privilegiado el diálogo en los diferentes escenarios y con los diferentes sectores involucrados en el ejercicio de las manifestaciones, como el Comité del Paro y los jóvenes.

El Estado colombiano es enfático en rechazar la creación de un “Mecanismo Especial de Seguimiento en Materia de Derechos Humanos para Colombia, que contribuya a la consolidación de la paz en los diversos sectores de la sociedad”, como la anunció la CIDH en su comunicado.

Reiteramos que nuestro Estado cuenta con una institucionalidad robusta y sólida, cimentada en principios democráticos y garantías para todos los ciudadanos y, por tanto, no consideramos necesario un mecanismo de seguimiento.

Colombia dispone de mecanismos internos para atender las denuncias presentadas por presuntos casos de vulneraciones a los derechos humanos. Sumado a ello, es uno de los países de la región que más participa en el Sistema Interamericano, cumple cabalmente sus compromisos internacionales, y atiende oportunamente las solicitudes de información que se le hacen en el marco de las competencias
de la Comisión.

Sancionar delitos

Frente a la recomendación de “investigar, juzgar y sancionar a los responsables de delitos cometidos en el marco de las protestas”, reiteramos que el Presidente Iván Duque, en cabeza del Gobierno, ha condenado de manera enérgica y categórica todo acto de violencia durante las manifestaciones y que la Fiscalía General de la Nación avanza –desde su autonomía– en las investigaciones de cada uno de estos delitos, que comprenden los actos de la Fuerza Pública, así como los ataques al patrimonio público, a los bienes de particulares y a los bienes culturales –los cuales gozan de especial protección–, y los actos contra la vida y la integridad de todos los ciudadanos.

Policía Nacional

Sobre la posibilidad que plantea la CIDH de separar a la Policía Nacional del Ministerio de Defensa para “garantizar un entrenamiento que consolide la preservación de la seguridad con enfoque ciudadano y de derechos humanos, y no bajo una perspectiva militar”, debe resaltarse que el artículo 218 de la Constitución determina que “La Policía Nacional es un cuerpo armado permanente de naturaleza civil”, con lo cual la preocupación de la Comisión acerca del enfoque militar resulta ajena al contenido sustantivo y orgánico de nuestra Carta Política.

Actuación policial

Con relación al uso de la fuerza, el Estado colombiano es enfático en afirmar que los eventos han sido excepcionales y han obedecido únicamente a situaciones en las que resultó necesaria la intervención de la Policía Nacional, previo análisis de los principios de la legalidad, absoluta necesidad, proporcionalidad y razonabilidad.

En este contexto, es relevante precisar que, en las últimas ocho semanas, en el país, se han adelantado 14.390 marchas, concentraciones, encuentros y protestas, y sólo 1.725 de ellas requirieron presencia de la Fuerza Pública, lo que equivale al 11% de las manifestaciones. Ello demuestra que el Gobierno del Presidente Iván Duque es respetuoso y garante de la protesta pública pacífica, que no puede, bajo ningún motivo, estar sujeta al vandalismo, al caos y la destrucción de los bienes de los colombianos.

La Policía no usa armas de fuego letales en el marco de las manifestaciones, sólo puede estar dotada de cascos, escudos y bastones. En un segundo nivel, como Fuerza Disponible de acompañamiento, la Policía sólo podrá estar dotada de un mínimo número de armas menos letales que exclusivamente puede usar como medida de protección en caso de que las protestas puedan ser afectadas por actos violentos de terceros.

En un tercer nivel, el ESMAD hace presencia sólo cuando se registran disturbios que superan la capacidad de respuesta de la Fuerza Disponible y ni siquiera en estos eventos se puede hacer uso de armas de fuego.

Contra la estigmatización

El Estado de Colombia rechaza, con preocupación, la sugerencia del presunto uso de la fuerza contra poblaciones específicas, así como una supuesta estigmatización estructural. Ante ello, es pertinente recordar que el Estado garantiza en su marco jurídico y en sus políticas públicas la protección de los derechos de grupos étnicos, población LGBTI y personas en estado de vulnerabilidad.

Frente a los presuntos casos de violencia contra mujeres, conocidos en el marco de las protestas sociales, hemos sido categóricos en rechazar -no sólo ahora ni en este contexto, sino desde el inicio de este Gobierno- todo tipo de violencia contra las mujeres.

En relación con denuncias sobre presuntas desapariciones y torturas durante los procedimientos de traslado por protección, es importante hacer claridad en que no es política del Estado colombiano utilizar sus instituciones legítimas para encubrir actos que no lo son. En la medida en que existan denuncias formales, los organismos de investigación y control procederán con toda la celeridad y contundencia que se requiera, para investigar, judicializar, sancionar a los responsables y reparar a las víctimas.

Insistimos en que la figura de los traslados de protección es legítima, está dirigida a proteger a los ciudadanos que se encuentren en riesgo, y como está concebida normativamente y como lo definen los protocolos, no hay lugar a que se utilice para desapariciones y tratos crueles o inhumanos.

Cortes de ruta

Así mismo, es supremamente delicado que la Comisión sugiera que autoridades impidieron deliberadamente el paso de misiones médicas y ambulancias. El Estado no tiene conocimiento formal, y en caso de comprobarse, debe ser plenamente esclarecido y los responsables sancionados.
El Gobierno difiere en que los bloqueos (llamados por la CIDH “cortes de ruta”), constituyan en general una forma legítima de manifestación y que sólo en casos concretos el Estado pueda actuar.  Como lo demostró Colombia ante la CIDH, los bloqueos ponen en riesgo la vida, salud y subsistencia de los ciudadanos, así como la estabilidad de una Nación, al amenazar la libre movilidad y el suministro de alimentos y medicinas. Se trata de una clara violación de los derechos fundamentales, incluido el artículo 13 de la Declaración Universal de Derechos Humanos sobre libertad de movimiento, del orden público y de la seguridad nacional.

Rechazan otros temas del informe

Colombia manifiesta con preocupación que, en dicho documento, se mencionen temas que no corresponden al objeto de la visita, y cuya discusión tiene que ver con escenarios distintos, como el cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH en el caso “Gustavo Petro vs Colombia”, la implementación
del Acuerdo firmado en 2016 con la antigua guerrilla de las FARC –tema sobre el cual la CIDH no tiene facultades–, y el cuestionamiento a la independencia de los poderes públicos y entes de control.

El Estado colombiano agradece a la CIDH su preocupación por la situación social que se vive en Colombia, valora el aporte que los distintos sectores e instancias nacionales e internacionales puedan hacerle al país y estará atento a atender cualquier inquietud o solicitud de información que se realice en el estricto marco de sus competencias.

Relacionados