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Youtuber español es encarcelado por humillar a un mendigo dándole de comer galletas con pasta dental

Una juez de Barcelona ha condenado a quince meses de cárcel al “youtuber” ReSet y le ha prohibido utilizar esa red social durante cinco años, por publicar un vídeo en el que humillaba a un mendigo, dándole de comer unas galletas “Oreo” rellenas con dentífrico. Por Redacción Miami Diario Según el portal Hipertextual, en su sentencia, el […]

Por Allan Brito
Youtuber español es encarcelado por humillar a un mendigo dándole de comer galletas con pasta dental
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Una juez de Barcelona ha condenado a quince meses de cárcel al “youtuber” ReSet y le ha prohibido utilizar esa red social durante cinco años, por publicar un vídeo en el que humillaba a un mendigo, dándole de comer unas galletas “Oreo” rellenas con dentífrico.

Por Redacción Miami Diario

Según el portal Hipertextual, en su sentencia, el juzgado de lo penal número 9 de Barcelona condena al influencer Kenghua R. por un delito contra la integridad moral y le obliga a indemnizar al mendigo con 20.000 euros por los daños morales que le provocó con la difusión del vídeo en su canal de Youtube, con el que el procesado ganó 2.180 euros.

El condenado había creado un canal propio en Youtube en diciembre de 2014, con el que se convirtió en uno de los influencers más conocidos de España y América Latina, con 1,1 millones de suscriptores y 124 millones de visualizaciones a los contenidos que publicaba.

Dos años después, publicó el vídeo del mendigo, en el que la juez concluye que actuó con la intención de “vilipendiar, degradar y ofender” a una persona vulnerable y de “ganar dinero a costa del dolor ajeno”.

https://www.youtube.com/watch?v=UuVpLlZyNcM

No obstante, ninguna de esas dos víctimas ha podido ser identificada. Tras recordar que el mendigo sufrió vómitos tras ingerir las galletas “Oreo” y sintió tristeza y miedo, la juez concluye que se trata sin duda alguna de un “trato humillante, degradante y estigmatizador”.

La juez prohíbe al “influencer” usar Youtube durante cinco años, teniendo en cuenta la “gravedad” de los hechos y que su acción no fue un acto aislado. “Basta ver otros vídeos donde tiene comportamientos crueles con ancianos o niños de corta edad, incluso con repartidores a domicilio”, añade la sentencia.

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