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¡Buena noticia! Algunos indocumentados con más de un año en EEUU pueden pedir asilo

Hay una buena noticia para algunos indocumentados con más de un año en Estados Unidos. Dependiendo de su caso pueden pedir asilo en este país. Redacción MiamiDiario El pasado mes de marzo se realizó un acuerdo judicial de reconciliación. Gracias a este documento algunos inmigrantes indocumentados que tienen más de un año en Estados Unidos puedan […]

Por Allan Brito
¡Buena noticia! Algunos indocumentados con más de un año en EEUU pueden pedir asilo
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Hay una buena noticia para algunos indocumentados con más de un año en Estados Unidos. Dependiendo de su caso pueden pedir asilo en este país.

Redacción MiamiDiario

El pasado mes de marzo se realizó un acuerdo judicial de reconciliación. Gracias a este documento algunos inmigrantes indocumentados que tienen más de un año en Estados Unidos puedan solicitar asilo y ganar sus casos, explicó Univisión.

El recurso, se llama Acuerdo Conciliatorio ‘Méndez Rojas v. Wolf’, fue publicado por la Oficina de revisión de Casos de Inmigración (EOIR).

El mismo orienta  a los adjudicadores de la Corte de Inmigración y al personal administrativo respecto a “cómo cumplir con los requisitos” para permitir que algunos inmigrantes que hayan presentado o presenten una solicitud de asilo un año después de haber ingresado al país, puedan hacerlo de forma efectiva.

¿A quién favorece?

Este acuerdo favorece a todos los indocumentados que “fueron detenidos en la frontera al momento de llegar o hasta 14 días después de ingresar sin autorización, establecieron miedo creíble, fueron liberados y no les indicaron que debían presentar asilo en el término de un año”, detalló Univisión.

La ley de inmigración establece que los extranjeros que entran a Estados Unidos tienen un plazo máximo de un año (365 días) para pedir asilo o la protección del gobierno.

El Acuerdo Conciliatorio ‘Méndez Rojas v. Wolf’, permite que asolo aquellos inmigrantes que prueben pertenecer a una “membresía de clase” o que fueron protegidos por el acuerdo Méndez Rojas v. Wolf, “serán considerados” como que presentaron “oportunamente una solicitud de asilo”.

La reglamentación indica que el acuerdo tiene validez nacional. Los beneficiarios serán los que “entreguen la documentación” que establezca “membresía de clase” y presentó oportunamente su caso de asilo.

Quienes lo prueben recibirán un alivio de deportación y, como parte del acuerdo, podrán presentar el Formulario I-589 (Petición de Asilo y Suspensión de Deportación), la que será procesada por la Oficinas de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS).

Para leer la nota completa, puedes hacer click en este enlace: Univisión

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