El Departamento del Tesoro y el Servicio de Impuestos Internos anunciaron hoy que la fecha límite de presentación de impuestos del 15 de julio no se extenderá. Los contribuyentes individuales que no pueden cumplir con la fecha límite del 15 de julio pueden solicitar una prórroga hasta el 15 de octubre para presentar su declaración.
Por Redacción Miami Diario
En respuesta a la pandemia de COVID-19, la fecha límite original de presentación y de pago de impuestos para 2019 se pospuso del 15 de abril al 15 de julio.
El IRS les recuerdas a las personas que presentan declaraciones de la serie de formularios 1040 que deben presentar el Formulario 4868 para el 15 de julio para obtener una prórroga automática hasta el 15 de octubre. La prórroga provee tiempo adicional para presentar la declaración de impuestos – no una extensión para pagar los impuestos adeudados.
El IRS insta a las personas que deben impuestos, incluso si tienen una prórroga de presentación, a revisar cuidadosamente su situación y pagar lo que puedan antes del 15 de julio para evitar multas e intereses. Para los contribuyentes que enfrentan dificultades y que incluyen aquellos afectados por COVID-19, que no pueden pagar en su totalidad, el IRS los alienta a pagar lo que pueden y considerar una variedad de opciones de pago disponibles para el saldo restante.
“El IRS entiende que muchas personas se vieron afectadas por el coronavirus y puede que no puedan pagar sus impuestos en su totalidad para el 15 de julio, pero no olvide que tenemos muchas opciones para ayudar a los contribuyentes,” dijo Chuck Rettig, Comisionado del IRS. “Estas opciones de pago fáciles de usar están disponibles en IRS.gov y se pueden hacer automáticamente sin comunicarse con un representante del IRS.”
Opciones de pago
Los contribuyentes que adeudan impuestos pueden elegir entre las siguientes opciones de pago:
- Pago Directo del IRS permite el pago directamente desde una cuenta de cheques o de ahorros. Este servicio es gratuito.
- El Sistema de Pago Electrónico de Impuestos Federales (EFTPS). Pague por teléfono o en línea. Este servicio es gratuito.
- Pago con tarjeta de débito o crédito. Este servicio es gratuito, pero la empresa de procesamiento puede cobrar una tarifa. Las tarifas varían según la empresa.
- Pague con Cheque o Giro. Haga el cheque o giro pagadero al U.S. Treasury (Tesoro de los EE. UU.) por correo postal.
El IRS recomienda que los contribuyentes que no pueden pagar sus impuestos en su totalidad deben actuar lo más rápido posible. Las facturas de impuestos pueden acumular rápidamente más intereses y penalidades cuanto más tiempo se tarde en pagar.
Fuente: La Opinión
También te puede interesar
Más sobre este tema
- ¿A partir de cuándo se deposita el reembolso del IRS?
- Visas de Inversión: El pasaporte latino hacia Estados Unidos
- Momentos de tensión se vivieron en el Icon of the Seas durante rescate de barco
- Fechas clave que no debes dejar pasar en esta temporada de taxes
- FDA advierte que canela en polvo de Dollar Tree está contaminada con plomo