A pesar de la pandemia del coronavirus, las deportaciones seguirán en Estados Unidos. La semana pasada, un Tribunal de Apelaciones en Washington, D.C. dio el visto bueno para que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) promueva una nueva normativa que permite las deportaciones aceleradas.
Redacción MiamiDiario
Esta práctica llamada deportaciones acelerada la realizan desde hace tiempo la oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), ubicada a menos de 100 millas de las fronteras. Ahora con la aprobación del Tribunal de Apelaciones en Washington D.C., la oficina de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) puede aplicar en todo los Estados Unidos, informó laopinion.com.
El abogado de inmigración, Dr. Nelson Castillo, que realizar el portal Inmigración Hoy, explicó que con esta legislación, los inmigrantes indocumentados “corren peligro” de ser deportados en cualquier momento, por lo que es necesario estar preparado.
El abogado aseveró, “Una persona indocumentada desde el momento que entra a los Estados Unidos corre peligro de ser deportada”.
Luego explicó si un extrajero indocumentado “ha violado la ley de inmigración y, dependiendo que lo que ha hecho, es lo que lo va a ponerla en un proceso de remoción de una forma rápida”.
Aunque la mayoría de los indocumentados corren peligro, la regla del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) tiene algunas condicionantes. El portal laopinion.com dio algunos detalles;
¿Qué son las deportaciones aceleradas?
Este tipo de deportación está amparada por una normativa realizada en 2019. La misma extiende una prerrogativa establecida en la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA). El gobierno estadounidense determinó que todos los inmigrantes indocumentados en cualquier parte de EE.UU. y que no puedan demostrar mínimo dos años de estancia serán procesados para una deportación inmediata.
Cuando se produce una deportación acelerada generalmente no permite a los inmigrantes el acceso a representación legal, testigos o una oportunidad significativa para presentar pruebas para detener su salida.
Más de 20 estados presentaron moción para detenerlas
En enero de este año, una coalición de fiscales de generales de más de 20 estados presentaron una moción en el Tribunal de Apelaciones para detener la medida.
“Debido a las preocupaciones pasadas del Poder Ejecutivo sobre administrabilidad y precisión de la expulsión acelerada… el Secretario había elegido durante mucho tiempo aplicar esos procedimientos abruptos sólo para ciertas clases reducidas de individuos”, apunta la opinión.
Siempre llevar su identificación
Activistas y abogados sugieren a todos los inmigrantes portar sus identificaciones que avalen su estancia en el país, a fin de evitar problemas con agentes migratorios.
De hecho, la firma de abogados Tarter Krinsky & Drogin LLP publicó un artículo en lexology.com, donde destaca el tipo de documentos que todo extranjero debe tener, dependiendo de su condición en el país, basado en criterios que establede el INA.
“Todo extranjero, de dieciocho años en adelante, deberá portar consigo y tener en su posesión personal cualquier certificado de registro de extranjero o tarjeta de recibo de registro de extranjero emitida a él”, destaca.
- Turistas y viajeros de negocios portar su I-94 o registro de llegadas y salidas, además de pasaporte.
- Residentes permanentes portar su “green card”.
- Los naturalizados portar identificaciones nacionales aceptables: licencia de conducir, por ejemplo.
- La tarjeta de cruce fronterizo mexicano no residente, para ciudadanos que residen en México.
- Orden de mostrar causa y aviso de audiencia, esto es para aquellos inmigranres contra quien se están iniciando procedimientos de deportación. También puede ser el I-221S, dependiendo el caso.
- Documento de Autorización de Empleo.
- Aviso de comparecencia – Extranjeros contra quienes se están iniciando procedimientos de deportación.
- Aviso de remisión al juez de inmigración – Extranjeros contra los cuales se están iniciando procedimientos de deportación.
¿Qué hacer?
Activistas y abogados, como el Dr. Castillo, sugieren a los inmigrantes armar un plan de acción, a fin de poder enfrentar un posible encuentro con ICE.
- Ahorrar para pagar una fianza.
- Contactar o contratar a un abogado.
- Portar siempre un número telefónico a donde pueda pedir ayuda en caso de arresto.
- Preparar documentos que otorguen poder de bienes a familiares o gente de confianza.
- Preparar la custodia legal de sus hijos.
El Dr. Castillo recordó que aunque los inmigrantes pueden solicitar asilo cada “cada caso es único” y es complicado generalizar, ya que las protecciones migratorias no aplican para cualquier gente.
“Nunca deberíamos generalizar sobre nada (en asuntos migratorios)”, indicó. “Cada persona debe ser evaluada”.
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