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Justicia española rechazó extraditar a exenfermera de Chávez

La Audiencia Nacional española rechazó extraditar a Venezuela a la exenfermera de Hugo Chávez, a su marido y al contador de PDVSA. Por Redacción MiamiDiario La Audiencia Nacional española rechazó extraditar a tres venezolanos -la ex enfermera de Hugo Chávez, Claudia Patricia Díaz Guillén y Adrián Velásquez Figueroa, su marido y José Ramón Sánchez Rodríguez relacionado con […]

Por Allan Brito
Justicia española rechazó extraditar a exenfermera de Chávez
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La Audiencia Nacional española rechazó extraditar a Venezuela a la exenfermera de Hugo Chávez, a su marido y al contador de PDVSA.

Por Redacción MiamiDiario

La Audiencia Nacional española rechazó extraditar a tres venezolanos -la ex enfermera de Hugo Chávez, Claudia Patricia Díaz Guillén y Adrián Velásquez Figueroa, su marido y José Ramón Sánchez Rodríguez relacionado con un caso de corrupción en la petrolera PDVSA– por posible vulneración de derechos fundamentales en el caso de ser entregados.

Díaz Guillén además de ser enfermera de Chávez, por dos años fue tesorera del gobierno venezolano como responsable del Fondo Nacional para el Desarrollo Nacional (Fonden) y su marido, Velázquéz Figueroa fue escolta del mandatario caribeño. Mientras que José Ramón Sánchez Rodríguez fue contable de PDVSA.

Los tres tienen causas abierta en Venezuela por casos de corrupción administrativa.

Según informaron fuentes de este órgano judicial, el pleno de la Audiencia Nacional, compuesto por una veintena de magistrados, analizó este viernes las reclamaciones después de que tres de sus salas se pronunciaran de manera distinta y, mientras dos dieron luz verde a la entrega de la enfermera de Chávez y de su marido, una tercera optó por rechazar la de José Ramón Sánchez Rodríguez en relación con PDVSA.

El pleno revocó las dos entregas a las que habían accedido dos de las secciones y ratificó la negativa a extraditar al venezolano relacionado con corrupción en la petrolera PDVSA, informaron fuentes de la Audiencia Nacional.

Estas tres decisiones llegaron al ser recurridas. En el caso del matrimonio vinculado a Chávez, lo hicieron sus defensas y en el del ex contable de PDVSA, la Fiscalía de la Audiencia Nacional, que en los tres casos mantuvo un criterio unánime a favor de las entregas.

Los argumentos

La sección cuarta de lo Penal, la que se negó a entregar al reclamado por presunta corrupción en la petrolera venezolana, rechazó extraditarle al considerar que podría sufrir maltrato si era entregado.

Para apoyar este argumento, la Sala se basó en que dos detenidos por su relación con la petrolera, Diego Salazar y Enrique Luongo, llevan más de un año en los calabozos del servicio de inteligencia venezolano (Sebin) y solo recientemente han pasado a disposición del juez sin que la Fiscalía venezolana acudiera a la vista.

Lea también: Preso del régimen: Expresidente de PDVSA falleció por falta de atención médica

La Audiencia Nacional no vio ningún peligro en extraditar a la enfermera y al considerado guardaespaldas de Chávez, Claudia Patricia Díaz Guillén y Adrián Velásquez Figueroa, acusados de haber recibido ayuda del bufete panameño Mossack Fonseca para “blindar” una fortuna no declarada y fruto de la sustracción de dinero público, según la reclamación de la Fiscalía de Venezuela.

Diáz Guillén fue tesorera del gobierno venezolano como responsable del Fondo Nacional para el Desarrollo Nacional (Fonden), de donde fue cesada al mes de  la muerte de Chávez, según ella, por negarse a firmar unos documentos cuando el mandatario estaba en su lecho de muerte.

En el caso de este matrimonio, que manifestó que tuvieron que huir del país, el tribunal entendió que no eran opositores del régimen de Nicolás Maduro porque este es “continuista” del de Chávez, al que sirvieron, y que por ello no sufrirían represalias.

Pese a la alegación de persecución política que ambos hicieron y “sin desconocer que existe un clima de convulsión e inestabilidad político y social en Venezuela“, los magistrados consideraron que se trataba de “una alegación absolutamente genérica que no acredita, ni siquiera a modo de sospecha fundada, que la persecución por los delitos a que se refiere la demanda extradicional fuera por tener ideas contrarias al régimen o que exista un peligro concreto de que vayan a ser anulados” sus derechos.

Ahora el pleno corrige la decisión de entregarles ante la situación que atraviesa el país en el que, de haber sido extraditados, podrían haber sufrido vulneración de sus derechos fundamentales.

Con información de El Mundo

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