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EEUU: Modificarán los procedimientos para los casos de personas que ingresen por la frontera

A través de su cuenta de Instagram, el abogado de inmigración, Erwin Diaz-Solis, informó que cambiarán los procedimientos para los casos de personas que ingresen por la frontera. En ese sentido, el abogado indicó que salió hoy publicada la nueva regla de cómo será el nuevo procedimiento para los casos de frontera sujeta a 60 días […]

Por Allan Brito
EEUU: Modificarán los procedimientos para los casos de personas que ingresen por la frontera
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A través de su cuenta de Instagram, el abogado de inmigración, Erwin Diaz-Solis, informó que cambiarán los procedimientos para los casos de personas que ingresen por la frontera.

En ese sentido, el abogado indicó que salió hoy publicada la nueva regla de cómo será el nuevo procedimiento para los casos de frontera sujeta a 60 días de comentarios.

Agregó que luego saldrá la regla final.

“Así que todavía la regla final no ha sido publicada”.

El cambio mas significativo será que las personas que entren por frontera después de que salga esta regla final publicada tendrán que aprobar su entrevista de miedo creíble y si la aprueban, la primera instancia ya no será ante el Juez de Inmigración sino ante un oficial de la oficina de Asilos.

 

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El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el DEpartamento de Justicia (DOJ) emitieron cnonjuntamente una regla para revisar el procedimiento de ciertas solicitudes de asilo, la suspensión legal de remoción y protección en virtud de la Convención contra la Torttura.

Personas que Solicitan Asilo

Si usted está en procesos expeditos de remoción y se determina que está bajo “temor creíble” de persecución o tortura, deberá solicitar asilo ante un juez de inmigración.

Si el oficial de asilo no encuentra que usted está bajo “temor creíble” de persecución o tortura, usted puede solicitar que un juez de inmigración revise dicha determinación.

Si no solicita revisión ante el juez de inmigración y éste concurre con la determinación, el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) puede removerlo de los Estados Unidos.

¿Bajo qué Circunstancias los Oficiales de Asilo Realizan Entrevistas sobre “Temor Creíble”?

Los oficiales de asilo realizan una entrevista cuando usted está sujeto a remoción expedita y le dice al Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP):

  • Que desea solicitar asilo
  • Que teme persecución o tortura
  • Que teme regresar a su país.

Si usted dice que teme regresar a su país, CPB le detiene y le provee información acerca del proceso de “temor creíble”, informó Uscis.

Luego de que usted sea detenido, se le dará:

  • Una orientación acerca del proceso de “temor creíble”
  • Una lista de proveedores de servicios legales a bajo costo o gratuitos
  • Al menos 48 horas luego de su llegada al lugar de detención antes de realizarle la entrevista
  • La oportunidad de estar exento del periodo de espera.

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