El Título 42, fue una medida de salud pública, creada por el gobierno de Donald Trump, pera proteger la frontera de EE.UU durante la pandemia de Covid-19. Esta restricción expulsaba a las personas que intentaran ingresar al país por la frontera.
Diferentes organizaciones y miembros del partido demócrata han denunciado que la medida que inició para hacer frente a una emergencia sanitaria, se convirtió en un documento legal para sustentar las expulsiones ilegales del país.
Ante toda la polémica, el presidente Joe Biden detalló en un informe entregado en la Corte Suprema que colocará fin al Título 42 el próximo 11 de mayo.
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Esta medida significa un giro a la política migratoria de Estados Unidos pero ¿qué implica?
Alejandro Mayorkas, Secretario de Seguridad Nacional de los Estados Unidos, declaró durante una rueda de prensa, que el Título 42 lo remplazarán por una vieja norma del sistema migratorio estadounidense: El Título 8.
¿Qué implica?
El llamado Título 8 ya lo han aplicado con anterioridad en Estados Unidos. Es una medida antigua, utilizada para frenar el flujo migratorio, sin embargo, actualmente estará comprendida en las leyes vigentes de inmigración y se implementará en función a detener el creciente flujo en la frontera sur.
Mayorkas adelantó que sería “más difícil” ingresar de forma ilegal al país. Las consecuencias incluyen una prohibición de reingreso de al menos cinco años, así como posibles procesos penales por intentos repetidos de cruzar irregularmente.
Por otro lado, el Título 8 también afectará a aquellos migrantes previamente deportados, que no han cumplido aún el tiempo de castigo y los atrapen en la frontera. De igual forma, a aquellos que han cometido delitos por los que se les puede considerar como una amenaza para la seguridad nacional.
Bajo este nuevo Título, los inmigrantes serán entrevistados por los agentes fronterizos. Los expertos deberán determinar si existe razón de miedo creíble para solicitar asilo y quedarse en el país. Si las autoridades determinan lo contrario, habrá deportación inmediata.
El Título 8 llega con otras medidas
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) anunció instalaciones temporales de migrantes en Guatemala y Colombia, para aquellos que buscan esta protección del estado dirigiéndose a la frontera entre Estados Unidos y México.
Estos centros migratorios forman parte de un intenso intento de evitar, que miles de personas realicen la peligrosa travesía de cruzar los límites fronterizos. Especialmente, cuando terminen las restricciones por la pandemia de Covid-19 el próximo 11 de mayo.
Asimismo, quienes deseen migrar y pedir asilo tendrán que hablar con distintos especialistas y pasar por un proceso de evaluación. En caso de cumplir con los requisitos, serán remitidos al reasentamiento de refugiados y otras vías contempladas por la ley.
Por otra parte, anunció nuevas políticas migratorias que incluye la aprobación de un parole de reunificación familiar para Colombia, Guatemala, Honduras y El Salvador.
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